DUDAS FRECUENTES SOBRE DESGUACES

DUDAS SOBRE CENTROS AUTORIZADOS
¿Qué debe hacer el propietario de un vehículo fuera de uso?
De acuerdo con el Real Decreto 1383/2002 el usuario, una vez que ha decidido deshacerse de su vehículo, es responsable de entregar el vehículo en un centro autorizado de tratamiento o en su caso en una instalación de recepción.
¿Qué es un Centro Autorizado de Tratamiento?

Los centros autorizados de tratamiento (CAT) son instalaciones que cumplen todos los requisitos que marca la ley para poder dar un tratamiento medioambiental correcto a los vehículos al final de su vida útil.

La primera operación a la que se someterán los vehículos será la descontaminación (separación o extracción de los fluidos y otros elementos peligrosos). Estos centros son autorizados por las respectivas Administraciones Autonómicas que deben verificar que cumplen con las nuevas exigencias legales.

¿Dónde se encuentran los centros autorizados de tratamiento concertados por los fabricantes e importadores de vehículos?

En la página web de Sigrauto puede consultar unos mapas interactivos que le permitirán conocer los centros concertados que se encuentran más cercanos a su lugar de residencia.

Todos estos centros tienen la ventaja de asegurar que la entrega del vehículo no supondrá ningún coste para el usuario.

Si usted está interesado en conocer el resto de centros autorizados de tratamiento de su Comunidad Autónoma, debe solicitar la información a la Consejería de Medio Ambiente correspondiente.

¿Cómo se emite el Certificado de Destrucción?
El certificado de destrucción que emiten los centros autorizados de tratamiento, justificará la baja definitiva del vehículo desde esa fecha.
¿Qué es Sigrauto?

La Asociación Española para el Tratamiento Medioambiental de los Vehículos Fuera de Uso (Sigrauto) está constituida por los principales sectores involucrados en el tratamiento de los vehículos fuera de uso. Fabricantes e importadores de vehículos, desguazadores y fragmentadores, a través de sus respectivas asociaciones (ANFAC, ANIACAM, AEDRA y FER).

El objeto de Sigrauto es el de velar para que la aplicación de los requisitos que establece la nueva legislación sobre vehículos fuera de uso se lleve a cabo con los menores perjuicios posibles tanto para el usuario como para los sectores afectados.

¿Qué es VFU ?
Es un vehículo fuera de uso (VFU) y se acredita mediante un “certificado de entrega” y otro “certificado de destrucción” otorgados por los Centro Autorizado de Recepción y Descontaminación (CARD) y los Centros Autorizados de Tratamiento (CAT).
DUDAS SOBRE LA BAJA DE UN VEHÍCULO, REPUESTOS Y GARANTÍAS
¿Tengo que estar presente como titular en el momento de la retirada con grúa de mi coche?

No es necesario que usted esté presente en el momento de la recogida de su coche, siempre y cuando aporte un documento de autorización en que se capacite a otra persona para ello.

Este documento tiene que estar firmado por el autorizante (el titular) y el autorizado (representante). Junto a este documento, se deben aportar las fotocopias de los DNI de ambas personas por los dos lados y especificar siempre en el documento que se trata para la gestión de la baja definitiva del vehículo, indicando la matrícula donde especifique el documento.

Desde que se llevan el coche ¿cuánto tiempo tardan en darlo de baja?

El desguace no puede dar de baja un vehículo hasta que éste no sea depositado en sus instalaciones. No obstante, es posible entregar el Certificado de Destrucción en el momento de la recogida del vehículo con grúa, documento con el cual el titular podrá realizar otras gestiones relacionadas como la baja de la póliza de seguros o la devolución del IVTM.

Por lo general, el mismo día o al día siguiente de la entrada del vehículo en el CATV, éste es dado de baja definitiva en la Dirección General de Tráfico (DGT) mediante una aplicación informática y el justificante del trámite es enviado al titular por correo postal o electrónico.

¿Cómo sé que mi vehículo será desguazado cuando se lo lleva la grúa?

El operario de la grúa le hará entrega del Certificado de Destrucción en el momento de la recogida de su vehículo, siempre y cuando se haya realizado el previo envío de las copias de la documentación correspondiente, según sea su caso.

Además usted deberá aportar la documentación original del automóvil y los documentos requeridos (empresas, defunción, autorización, etc.), pues los mismos han de ser consignados en la DGT una vez se tramita la baja definitiva.

Este certificado lo regula la Comunidad Autónoma, no puede ser una copia y siempre se le hará entrega del documento original.

El Certificado de Destrucción predetermina tanto la baja definitiva en Tráfico como la descontaminación y desguazado del automóvil o vehículo.

Si vivo en una provincia y mi coche está en otra ¿puedo darlo de baja?

Por supuesto, la documentación necesaria para dar de baja su vehículo previamente nos la debe remitir por fax o por e-mail, aunque se encuentre en una población diferente a la del vehículo.

Sí que es necesario que el titular se encuentre presente en la retirada al desguace o bien que autorice a otra persona a realizar la entrega del coche mediante un documento de autorización. Dicho modelo tiene que estar firmado por el autorizante (titular) y autorizado (representante). También se debe aportar una copia del DNI del titular y del autorizado por ambas caras, además de toda la documentación original del vehículo al momento de la retirada.

Si el titular no realiza la entrega del vehículo tendrá que ocuparse de hacer llegar la documentación original y las llaves del mismo a la persona autorizada para ello.

¿Necesito tener el impuesto municipal de circulación (IVTM) al corriente de pago?

No, el impuesto municipal tal como su nombre indica es un impuesto que gestionan los Ayuntamientos. Para dar de baja su vehículo no hace falta que esté al corriente, aunque esto no le exime de la obligación de pagar la deuda que haya adquirido. El Ayuntamiento le reclamará el pago de este impuesto en la fecha estipulada para ello y podrá solicitarse una devolución en función a la fecha en la que se dio de baja el vehículo.

Tan solo en caso de que el Ayuntamiento haya iniciado una situación de embargo con el vehículo por la deuda acumulada o éste tenga un precinto, será un impedimento a la hora de gestionar la retirada y baja del vehículo.

Para más información acuda al Ayuntamiento dónde esté registrado su vehículo.

¿Necesito tener la última revisión de la ITV efectuada?

No es necesario, pues para gestionar la baja de su vehículo Tráfico no se exige tener pasada la ITV ya que al ser trasladado mediante una grúa el automóvil no volverá a circular.

En el caso del extravío, pérdida o retención de la ficha técnica o del permiso de circulación, el titular del coche tendrá que cumplimentar el Modelo de extravío y proceder así a la baja del vehículo.

¿Tiene algún coste en Desguaces Costa Cálida la baja de mi coche?

A través de nuestros servicios, la gestión de baja y de recogida con grúa de su vehículo es gratuita. En ningún caso se cobra por la gestión integral de la retirada, baja, desguace, descontaminación, etc.

En algunas situaciones podrá recibir dinero por su vehículo, dependiendo del estado, localización y fecha de matriculación.

¿Cómo se da de baja un vehículo en Tráfico?

La baja de un vehículo es un proceso que puede realizar únicamente un Centro Autorizado de Tratamiento (C.A.T.) una vez éste ingresa a sus instalaciones para ser descontaminado y reciclado.

Con la simple entrega de la documentación de su vehículo y fotocopia del DNI del titular del vehículo, Desguaces Costa Cálida a través de un C.A.T., realiza la baja definitiva en Tráfico.

Es decir, para la baja de un vehículo usted no tendrá que ir personalmente a Tráfico o al desguace, ni pagar las tasas correspondientes.

¿Tienen garantía las piezas procedentes de Desguaces Costa Cálida?

Todas las piezas de desguace tienen una garantía de 6 meses, de acuerdo a la ley vigente. Además, se efectúa el cambio del producto si este presenta algún defecto.

¿Tiene garantía la reparación de coches en un taller con piezas del desguace?

Los talleres pueden negarse a instalar piezas usadas aportadas por el cliente. Pero si las aceptan, deben examinarlas antes de incluirlas en la reparación de los coches (pueden cobrar por el examen, siempre que incluyan el importe pertinente en el presupuesto previo de reparación).

Si el examen realizado por el taller es negativo y aparecen deficiencias en la pieza o indicios de que usarla en la reparación del coche puede entrañar algún riesgo, el cliente será advertido para decidir si emplearla o no con conocimiento de causa. Si se decide a instalarla, el taller no tiene que garantizar la pieza pero sí su instalación, durante los tres meses o los 2.000 primeros kilómetros recorridos posteriores a reparación del coche.

Por otra parte, el establecimiento que venda la pieza usada debe garantizarla durante al menos seis meses, que es lo señalado por la ley para los productos de segunda mano comprados a comerciantes o establecimientos. Si la pieza se revela defectuosa en ese periodo por razones ajenas a la instalación, el vendedor deberá reparárselo o, si esto no fuera posible o no diera resultado, devolverle el dinero.